Hacienda controlará las criptomonedas en España

  • SOCIEDAD DIGITAL

Un nuevo texto obliga a informar en España sobre la cantidad de criptomonedas que se ostentan y su valoración en euros. Entre las empresas afectadas están los creadores de monedas, las agencias de cambio, los monederos virtuales y los prestadores de servicios para salvaguardar claves criptográficas en nombre de terceros.

La Agencia Tributaria será informada por los titulares de monedas virtuales a finales de cada ejercicio. Los poseedores españoles tendrán que reportar la cantidad de criptomonedas que ostentan y su valoración en euros. Un deber que será extensible a las operaciones realizadas con este tipo de activos, así como a los titulares de monedas virtuales situadas en el extranjero, según recoge el último proyecto de real decreto sometido a información pública por el Ministerio de Hacienda.

Y es que, el número de avisos que Hacienda emitirá este año por monedas virtuales llega a 233.000, una cifra que ya de por sí es muy relevante, pero que comparada con los datos del año pasado supone un incremento de más de un 1.400%.

"El número de avisos sobre monedas virtuales es muy superior al del año anterior. El motivo por el cual la cifra aumenta sobre la correspondiente a la campaña pasada es porque se ha ampliado la información enviada por las entidades financieras, lo que fundamentalmente se corresponde con el incremento producido en la operativa con monedas virtuales en los últimos tiempos", explicó la Agencia Tributaria.

El documento emitido por la entidad pretende, entre otras medidas, ampliar el desarrollo normativo vigente a los cambios introducidos a finales del pasado año en el impuesto sobre la renta de las personas físicas, así como en el impuesto sobre sociedades, en el de patrimonio y en el de la renta de no residentes, vinculados todos ellos a este tipo de criptoactivos.

Entre las empresas afectadas están los creadores de monedas, las agencias de cambio, los monederos virtuales y los prestadores de servicios para salvaguardar claves criptográficas en nombre de terceros.

El texto propuesto por Hacienda entiende que los activos estarán en el extranjero "cuando la persona o entidad o establecimiento permanente que las custodie proporcionando servicios para salvaguardar las claves criptográficas privadas en nombre de terceros", así como "para mantener, almacenar y transferir dichas monedas", no estuviera obligado a declarar el IRPF o los impuestos sobre sociedades, sobre patrimonio o sobre la renta de no residentes.

Para efectuar la valoración en euros, los sujetos obligados –tengan los bienes dentro o fuera de España– tomarán la cotización media del activo a 31 de diciembre que ofrezcan las principales plataformas de negociación. En su defecto, se servirán de mecanismos comúnmente utilizados de valoración que proporcionen una estimación razonable del valor de mercado en euros de la moneda virtual en la misma fecha. “A este respecto, se indicará la cotización o valor utilizado para efectuar tal valoración”, explica el documento.

Además, y ya dentro del apartado de los saldos, Hacienda obligará a informar de la moneda fiduciaria destinada a proporcionar servicios de salvaguarda, almacenaje o transferencia de criptomonedas, “así como su valoración en euros cuando la moneda sea distinta del euro”.