Hacienda lanza un nuevo asistente virtual sobre la tributación de la vivienda en la Renta

  • TECNOLOGÍAS

La nueva herramienta, disponible en la página web de Hacienda, ofrece información sobre la tributación de la vivienda y otros inmuebles de cara a la Campaña de la Renta. A diferencia de los Informadores de Renta y de Actividades Económicas, ofrece la posibilidad de formular preguntas utilizando un texto libre en el que, a través de frases concretas, se describan los detalles de la consulta, que será contestada de forma personalizada mediante el uso de una inteligencia artificial.

La Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha incorporado un Asistente virtual de Renta sobre inmuebles. Se trata de una nueva herramienta, disponible en su página web, que ofrece información sobre tributación de la vivienda y otros inmuebles de cara a la Campaña de la Renta.

A diferencia de los Informadores de Renta y de Actividades Económicas, el asistente ofrece la posibilidad de formular preguntas utilizando un texto libre en el que, a través de frases concretas, se describen los detalles de una consulta, que será contestada de forma personalizada mediante el uso de una inteligencia artificial.

La herramienta incorpora exclusivamente temas referentes a inmuebles, si bien, la idea es que, sucesivamente, se vayan incorporando el resto de materias que afectan al impuesto, según ha avanzado la Agencia Tributaria en un comunicado publicado en su página web.

Los temas sobre los que se puede consultar son los referentes a rendimientos derivados de inmuebles dependiendo del uso al que se destinen, como la vivienda habitual, los afectos a la actividad económica o el inmueble en alquiler, incluyendo en este último caso todas las posibles modalidades de arrendamiento.

Además, incluye cómo calcular y declarar las ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión de inmuebles en sus diferentes modalidades lucrativas y onerosas, así como los casos especiales de extinción de condominio o la dación en pago.

Por último, se tratan las deducciones derivadas de la propiedad o el uso de los inmuebles, como son las deducciones por adquisición de vivienda habitual, la deducción por alquiler o las recientemente incorporadas deducciones por obras de eficiencia energética.

La Agencia Tributaria aclara que, si se formulasen consultas sobre materias no relacionadas con inmuebles, el Asistente respondería derivando a los Informadores de Renta y de Actividades Económicas, a través de los cuales se podrían resolver esas cuestiones.

Como en el resto de las herramientas de Asistencia Virtual, si la respuesta obtenida no contiene toda la información que se solicitaba, se podrá acceder al chat, que será atendido por un especialista de la Administración Digital Integral (ADI).

Según explica el fisco, el contribuyente puede formular “su pregunta describiendo los detalles de su consulta a través de frases concretas. Los resultados se indicarán al final. Podrá obtener una copia de la consulta realizada introduciendo su dirección de correo electrónico donde le enviaremos la información en formato PDF. Para ello será necesaria la autenticación mediante Cl@ve PIN o certificado electrónico”. 

Y añade que “esta contestación tiene el carácter de mera información de los criterios administrativos existentes para la aplicación de la normativa tributaria. Si desea plantear una consulta tributaria escrita respecto al régimen, clasificación o calificación tributaria que le corresponda, debe dirigirse, según lo establecido en los artículos 88 y 89 de la Ley General Tributaria, a la Dirección General de Tributos como órgano competente para la elaboración de contestaciones vinculantes”.