Blockchain y Administración Pública

  • Tribuna de opinión

Blockchain y Administración Pública

Pablo García-Valdecasas, Director General de Transparencia

Pablo García-Valdecasas, Director General de Transparencia y Atención al Ciudadano de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.
 COMUNIDAD DE MADRID


La transformación digital está suponiendo un auténtico reto para los juristas, los cuales se enfrentan a una realidad cada vez más digital, globalizada y automatizada, necesitada de la cobertura legal suficiente que la dote de las mismas garantías jurídicas que la realidad cotidiana. En especial, la aparición de la tecnología Blockchain y el desarrollo de otras, como la Inteligencia Artificial o los Smart Contracts, han dado el impulso definitivo a la automatización de procedimientos y procesos, y han puesto sobre la mesa retos jurídicos adicionales, por ejemplo, en el ámbito de la protección de datos personales.

El reto de las Administraciones públicas es todavía mayor, pues la necesidad de aprovechar el desarrollo tecnológico que impera, para ganar en eficiencia, y simplificar, agilizar y automatizar gran parte de sus procedimientos, debe poder conjugarse con la búsqueda del equilibrio entre la perdurabilidad y estabilidad del Estado, la adaptación a las nuevas tecnologías, y el respeto de los principios generales que rigen el Derecho Administrativo, en especial aquellos relativos a la actuación de las Administraciones públicas en sus relaciones con los ciudadanos.

La automatización vía tecnología, es decir, la posibilidad de que podamos asignar a un programa informático gobernado por un algoritmo la ejecución de una tarea, sin intervención de empleado público alguno, por referirse al ámbito de las Administraciones públicas, obliga a analizar con especial cuidado múltiples elementos característicos del Derecho Administrativo, tales como la discrecionalidad, la responsabilidad patrimonial por posibles deficiencias o retrasos en la implantación efectiva de la Administración electrónica, o los propios conceptos de órgano administrativo y acto administrativo, y las teorías que en torno a los mismos se vienen formulando.

Lo cierto es que la automatización de la actividad de las Administraciones públicas no es, en absoluto, un aspecto innovador, pues tanto en la legislación tributaria como en las normas reguladoras del régimen de las Administraciones públicas, viene siendo amparada como una de aquellas posibles actuaciones que la Administración puede promover, impulsar y habilitar, si la tecnología lo permite.

El problema, obviamente, es cuando la automatización deja de circunscribirse al ámbito de los meros actos de trámite, y comienza a implicar cierta toma de decisiones, cierto impulso de procedimientos administrativos y, en cierto modo, a desarrollar una actividad desde su inicio hasta su fin, pues, tal y como apuntábamos antes, una cosa es utilizar la tecnología para impulsar la celeridad de los trámites, y otra muy distinta trasladar o delegar una actuación concreta completa, para su gestión automatizada por un sistema tecnológico habilitado.

Tanto en el ámbito de la Unión Europea como en entornos locales y autonómicos de nuestro país, se viene testeando esta tecnología para mejorar procesos y procedimientos, y analizar las posibilidades que esta tecnología puede ofrecer. En el primer caso, para implantar un sistema de prestación de servicios públicos a través de cadenas de bloques, en relación al cual España participaría con algunos nodos que, junto con los nodos del resto de los Estados miembros, formarían una interesante cadena de bloques global. En el segundo ámbito, y de manera más concreta, en relación a los procedimientos administrativos de concurrencia competitiva –en concreto, los relativos a las licitaciones públicas y a los empleados en los procesos de subvenciones públicas-, los cuales están siendo incorporados a entornos cerrados basados en cadenas de bloques, facilitando la gestión de las Administraciones públicas, automatizando gran parte de los procesos, tareas y trámites del proceso en sí y, especialmente, haciendo efectivos ciertos principios, garantías y exigencias de la actuación de las Administraciones públicas en sus relaciones con los ciudadanos que, hasta la fecha, y sin contar con esta tecnología, se mostraban algo alejados de la realidad –por ejemplo, la no necesidad de aportar datos que ya posee la Administración pública, por cuanto la información necesaria para cada procedimiento estaría presente en registros descentralizados, interconectados unos con otros-.Sentado lo anterior, lo que no puede obviarse es la necesidad de replantear el sistema de tratamiento, almacenamiento y compartimentación de la información en el ámbito de las Administraciones públicas, por cuanto la tecnología de registros distribuidos – DLT, por sus siglas en inglés, en la cual se fundamenta la tecnología Blockchain-, plantea una disruptiva forma de interrelación registral de la información que debe ser aprovechada por el Sector Público, no solo para la mejora de su gestión, sino para operar en los entornos en los cuales la sociedad comienza a estar mayoritariamente presente.

Sin duda, las posibilidades que ofrece la tecnología Blockchain para la mejora en la prestación de servicios públicos y, en general, para replantear el modelo de tratamiento de la información y la automatización de procedimientos, supone un cambio disruptivo, y abre un abanico de posibilidades que tanto el sector privado como el sector público, deben aprovechar. De hecho, otros importantes beneficios, como la mayor trazabilidad de las actuaciones, la prevención del fraude, y la seguridad de la información y los datos vía encriptación, ya están siendo aprovechados por sectores como el energético o el sanitario, especialmente el farmacéutico, donde la trazabilidad de los medicamentos, por ejemplo, ha recibido un impulso definitivo en la prevención de la falsificación.

Pablo García-Valdecasas Rodríguez de Rivera es Doctor en Derecho Administrativo por la Universidad Complutense de Madrid, Funcionario del Estado y actualmente Director General de Transparencia y Atención al Ciudadano de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid. Colaborador de distintas universidades y centros de formación, donde imparte ponencias sobre Derecho Administrativo, Transformación Digital, Blockchain, Compliance y Responsabilidad Social. Autor de la obra: “Blockchain y automatización de procedimientos en la Administración pública” de la editorial Wolters Kluwer.