Sistema Dinámico de Adquisición: la oportunidad para las empresas tecnológicas

  • Tribuna de opinión

En julio de 2022 hubo cierta incertidumbre con la decisión de Racionalización de no prorrogar los lotes 3 y 4 del Acuerdo Marco 13/2018 y, a su vez, supuso que los Organismos destinatarios licitaran multitud de contratos basados durante los meses de julio y agosto. Finalmente ya disponemos de un nuevo sistema de racionalización.

José Alberto Beltrán Loza, especialista en Contratación Pública, Kalaman Consulting

José Alberto Beltrán Loza, especialista en contratación pública, KALAMAN CONSULTING


El día 2 de octubre de 2022, la Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación procedió a publicar los documentos relativos a la licitación mediante procedimiento restringido del Sistema dinámico de adquisición de suministro de software de sistema, desarrollo y aplicación (SDA 25/2022), cuyo valor estimado es de 2.646.000.000,00.-€ y tiene una duración inicial de dos años, pudiendo ser prorrogado hasta un máximo de tres años adicionales.  

El ámbito subjetivo del sistema dinámico incluye a la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, Entidades Gestoras y Servicios Comunes de la Seguridad Social y demás entidades públicas estatales, así como las entidades del sector público estatal, autonómico y local que formalicen su adhesión específica al acuerdo marco.

Este nuevo instrumento de racionalización tiene sus antecedentes en los lotes 1 y 2 del Acuerdo Marco 10/2018 de suministro de sistemas y elementos de comunicaciones y en los lotes 3 y 4 del Acuerdo Marco 13/2018 de suministro de servidores, sistemas de almacenamiento y software de infraestructura; y servirá para seleccionar a empresas que ofrezcan programas estándar de mercado que respondan a las categorías de software de sistema, de desarrollo y de aplicación y que dispongan de la capacidad de ejecutar los contratos de suministro de licencias, su actualización, instalación y soporte; también en modalidad Cloud Computing.

En concreto, el objeto de este SDA lo constituyen los siguientes lotes:

 Lote 1: Software de sistema para la ejecución y desarrollo de aplicaciones donde exigen una solvencia económica de 25.000.000 €.
 Lote 2: Software para la gestión de infraestructura donde exigen una solvencia económica de 15.000.000 €.
 Lote 3: Software para la analítica de datos donde exigen una solvencia económica de 10.000.000 €.
 Lote 4: Software de ciberseguridad donde exigen una solvencia económica de 10.000.000 €.
 Lote 5: Software de aplicación para la administración digital donde exigen una solvencia económica de 15.000.000 €.
 Lote 6: Software de productividad y colaboración donde exigen una solvencia económica de 35.000.000 €.

También existe la posibilidad de presentarse a diferentes lotes y en dicho caso, la solvencia económica la determinará el lote de mayor peso económico.

Así pues, nos encontramos ante una magnífica oportunidad para las empresas tecnológicas, tanto por el objeto y ámbito del SDA, así como por el elevado valor estimado del mismo.

En este sentido, desde Kalaman Consulting entendemos que gran parte de los fondos europeos Next Generation para la modernización de la Administración serán canalizados a través de este instrumento de contratación en la medida que, entre las políticas palancas del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR), nos encontramos con el Componente 11 relativo a la Modernización de las Administraciones públicas y entre cuyos objetivos está la “Digitalización de la administración y sus procesos, mediante la introducción de nuevas tecnologías y la simplificación de procedimientos, orientando el conjunto de las unidades administrativas a la atención a la ciudadanía y la resolución de sus problemas.

Por lo que el SDA 25/2022 tendrá un papel relevante en las adquisiciones tecnológicas de los organismos públicos con el objetivo de impulsar las medidas de ciberseguridad, la inteligencia artificial, la analítica del dato y para el avance de la transformación digital de las administraciones públicas para mejorar los servicios dirigidos a los ciudadanos y a los operadores económicos; y desde Kalaman Consulting tenemos la convicción de que este SDA se convertirá en un eje fundamental para el impulso y la gestión de los fondos Next Generation.

» De esta forma, las empresas que estén interesadas en participar en el mismo, tienen hasta el 31 de octubre a las 14 horas para presentar la solicitud, aunque es preciso indicar que, a diferencia con los anteriores Acuerdos Marco, las empresas pueden solicitar su inclusión en un momento diferente durante el resto del periodo de vigencia del SDA.

Este sistema dinámico, como sistema de racionalización técnica, comprende la determinación de las empresas admitidas, así como las condiciones generales de los suministros y términos básicos a los que habrán de ajustarse los contratos específicos

La implementación del SDA se realizará en dos fases diferenciadas que son:

Fase I: Adhesión al SDA. Se divide asimismo en dos etapas: la primera relativa a las solicitudes de participación, y la segunda a la admisión de los candidatos.

Fase II: Licitación y adjudicación de los contratos específicos. Implica la invitación a todos los candidatos que hayan sido admitidos y formalizado su adhesión al SDA en el lote correspondiente.

Básicamente, la fase II es la adjudicación del sistema dinámico y servirá para seleccionar a las empresas que hayan sido previamente admitidas por cumplir con las condiciones de solvencia y obtengan al menos a 60 puntos en base a los siguientes criterios de selección:

 Criterio 1: Catálogo de productos a suministrar donde se valorarán los programas y fabricantes ofertados.  
 Criterio 2: Soporte 24x7 que valorará si la empresa dispone de soporte CAU,
 Criterio 3: Aspectos medioambientales que valorará el tipo de certificado de huella de carbono del que se disponga.
 Criterio 4: Proyectos innovadores que valorará disponer de un proyecto de naturaleza innovadora.

Posteriormente, la fase II se corresponderá con la fase de licitación de los contratos específicos que cada organismo destinatario deberá licitar en base a los criterios de selección que se han establecido y que se han configurado con gran amplitud para que los organismos públicos puedan establecer diferentes ponderaciones en función de sus necesidades y de la complejidad del proyecto.  

Por último, podemos comprobar la novedosa configuración de los Pliegos en aras de fomentar la contratación responsable y social mediante la selección de empresas que acrediten compromisos de protección del medio ambiente, desarrollen proyectos innovadores y avancen en la igualdad entre hombres y mujeres.

José Alberto Beltrán Loza, Especialista en Contratación Pública, Kalaman Consulting